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Lucha contra el extremismo violento y los argumentos terroristas

El 24 de marzo de 2022 el Comité contra el Terrorismo celebró una reunión abierta sobre el tema “Contrarrestar el discurso terrorista y prevenir la utilización de Internet con fines terroristas”. DECT/Vijai Singh

El Consejo de Seguridad reconoce que los actos de terrorismo y extremismo violento no pueden prevenirse ni contrarrestarse únicamente con medidas represivas, y ha destacado sistemáticamente la necesidad de adoptar un enfoque integral, que abarque a toda la sociedad, respete los derechos humanos y tenga en cuenta las cuestiones de género.

La resolución del Consejo de Seguridad insta a los Estados a prohibir la incitación a cometer actos de terrorismo y a luchar contra la incitación motivada por el extremismo y la intolerancia. En el preámbulo de dicha resolución se destaca la importancia del papel que desempe?an los medios de comunicación, la sociedad civil y religiosa, la comunidad empresarial y las instituciones educativas en la labor de fomentar el diálogo y mejorar el entendimiento, alentar a la coexistencia y la tolerancia y promover un entorno que no favorezca la incitación al terrorismo.

La posterior adopción de la resolución es, en parte, una extensión natural del enfoque que el Comité contra el Terrorismo viene aplicando desde hace tiempo, ya establecido en la resolución 1624 (2005) del Consejo de Seguridad. En su resolución , relativa a la reducción de la afluencia de combatientes terroristas extranjeros, el Consejo subraya que la lucha contra el extremismo violento es un elemento esencial para hacer frente a la amenaza a la paz y la seguridad internacionales que representan los combatientes terroristas extranjeros. Además, el Consejo alienta a los Estados a lograr la cooperación de las comunidades locales y los agentes no gubernamentales pertinentes en la formulación de estrategias para contrarrestar la retórica del extremismo violento que pueda incitar a la comisión de actos terroristas. También se pide a los Estados que aborden las condiciones que propicien la propagación del extremismo violento, incluso empoderando a los jóvenes, las familias, las mujeres, los líderes religiosos, culturales y de la educación y todo otro grupo interesado de la sociedad civil y promoviendo la inclusión y la cohesión sociales.

Un aspecto central del concepto de lucha contra el extremismo violento es la importancia de atender a las condiciones que conducen a la propagación del terrorismo, definidas por la Asamblea General en la . El Consejo de Seguridad ha reconocido que los actos de terrorismo no pueden prevenirse únicamente con medidas represivas; también es esencial tener en cuenta la existencia de agravios que puedan explotar los terroristas y sus partidarios y desarrollar soluciones constructivas.

En 2015, el Consejo aprobó resoluciones en las que destacaba de manera particular la importancia de incluir a las mujeres y los jóvenes en las estrategias de lucha contra el extremismo violento. En su resolución el Consejo insta a los Estados Miembros y al sistema de las Naciones Unidas a que aseguren la participación y el liderazgo de las mujeres y las organizaciones de mujeres en la elaboración de estrategias de lucha contra el terrorismo y el extremismo violento. En la resolución , insta a los Estados a que examinen maneras de aumentar la representación inclusiva de los jóvenes en todos los niveles de adopción de decisiones de las instituciones y mecanismos locales, nacionales, regionales e internacionales de prevención y resolución de conflictos, incluidas las instituciones y mecanismos de lucha contra el extremismo violento.

Las iniciativas para contrarrestar la incitación y el extremismo violento pueden adoptar muchas formas. Muchos enfoques tienen en común el énfasis en el diálogo, la inclusión y el fomento del entendimiento, en particular en los ámbitos de la educación y la religión. Las medidas de lucha contra el extremismo violento también incluyen iniciativas con perspectiva de género y de edad para contrarrestar los argumentos terroristas, tanto dentro como fuera de Internet y para promover visiones alternativas basadas en el respeto de los derechos humanos y la dignidad humana, alianzas con el sector privado y el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).

Los grupos terroristas han logrado hacer un uso exitoso de la propaganda con múltiples fines, entre ellos el reclutamiento y la radicalización violenta. La resolución del Consejo de Seguridad se basa en la declaración de la Presidencia del Consejo de 11 de mayo de 2016 y en el Marco Internacional Amplio para Refutar los Argumentos Terroristas (), y aborda las medidas jurídicas y de aplicación de la ley, las alianzas público-privadas y la formulación de contraargumentos. La resolución establece una serie de directrices que destacan, entre otros factores, que las actividades de las Naciones Unidas para refutar los argumentos terroristas deben basarse en la Carta de las Naciones Unidas; que los Estados Miembros tienen la responsabilidad primordial de contrarrestar los actos de terrorismo y el extremismo violento que conduce al terrorismo; que las entidades pertinentes de las Naciones Unidas deben aumentar la coordinación con los donantes y los receptores de capacitación contra el terrorismo, así como la coherencia de esas actividades; que las medidas y los programas para refutar los argumentos terroristas deben adaptarse a los distintos contextos; que todas las medidas deben ajustarse a las obligaciones que les incumben a los Estados Miembros en virtud del derecho internacional, en particular el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional de los refugiados y el derecho internacional humanitario; y que es necesario seguir investigando los factores que promueven el terrorismo y el extremismo violento a fin de elaborar programas más centrados para refutar los argumentos terroristas.

En su resolución 2354 (2017), el Consejo solicita al Comité contra el Terrorismo que siga identificando y compilando las buenas prácticas existentes para refutar los argumentos terroristas, en coordinación con la Oficina del Equipo Especial (el Equipo Especial de las Naciones Unidas sobre la Ejecución de la Lucha contra el Terrorismo, sustituido desde entonces por la Oficina de Lucha contra el Terrorismo (OLCT)) y, cuando proceda, en consulta con otras entidades pertinentes no pertenecientes a las Naciones Unidas. El Comité también seguirá examinando las medidas jurídicas adoptadas por los Estados para mejorar la aplicación, desarrollar nuevas alianzas público-privadas, llevar a cabo actividades de divulgación dirigidas a las organizaciones de la sociedad civil y los agentes religiosos, y colaborar con los miembros de la Red Mundial de Investigación sobre la Lucha Antiterrorista de la DECT y otras entidades para medir el impacto y la eficacia de los contraargumentos.

Por consiguiente, en sus evaluaciones de la aplicación por los Estados Miembros de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, el Comité y la DECT dedican especial atención a las medidas adoptadas por los Estados para instituir programas y estrategias de lucha contra la incitación, de conformidad con la resolución 1624 (2005); para tipificar como delito la incitación y luchar contra los argumentos terroristas, de conformidad con la resolución 2354 (2017); y para combatir el extremismo violento, de conformidad con la resolución 2178 (2014) y otras. Cuando existen deficiencias, el Comité y la DECT intentan conectar a los Estados con proveedores de asistencia técnica para desarrollar nuevas iniciativas en los ámbitos correspondientes.

El Comité y la DECT se han comprometido a coordinar sus esfuerzos con los realizados en apoyo de la , en particular mediante la participación de la DECT en el Pacto Mundial de Coordinación de la Lucha Antiterrorista de las Naciones Unidas.

Descargue la ficha informativa de la DECT en materia de lucha contra el extremismo violento y los argumentos terroristas (EN).